SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

II.6.

II.6.    La RPC para la “Adquisición de Instrumental Médico Menor Odontológico”, mediante RA 38/2015 de 24 de septiembre, resolvió, “PRIMERO: EL DESISTIMIENTO EN LA FORMALIZACION DE CONTRATACION A MEDICAL STORE en el proceso ANPE 15/2015, por efecto del impedimento que denota el RUPE N° 311016. SEGUNDO: Se dispone la publicación de la resolución en el SICOES” (sic); ciñendo su impedimento a lo previsto en el inc. i) del art. 43 del DS 0181.

Que por disposición contenida en los arts. 7, 8, 9 y décimo primero del Reglamento del (…) los PREOVEEDORES se obligan en presentar su RUPE  para la formalización del contrato, manteniendo actualizados los datos, constituyendo los mismos una declaración jurada. Si bien MEDICAL STORE como uno de los adjudicatarios del proceso de contratación presentó su RUPE, el mismo denota su impedimento para participar en el proceso, lo que importa por disposición de la parte cuarta del numeral 20.1 del DBC del proceso ANPE 15/2015 DESISTIMIENTO A LA CONTRATACION, con los efectos de su publicación en el SICOES, máxime si el adjudicatario no realizó aclaración alguna” (sic) (fs. 42).