SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

III.5.   Análisis del caso concreto

Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, es necesario establecer que cuando se trata de procesos de contratación o actos administrativos relacionados con los de control gubernamental, no opera la subsidiariedad referida a la interposición de recursos administrativos (revocatoria y jerárquico) previstos en el art. 3.II inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), que establece: “Los Regímenes agrario, electoral y del sistema de control gubernamental, que se regirán por su propios procedimientos”.

En ese contexto, ingresando al análisis de fondo de la problemática planteada, se constata que la empresa MEDICAL STORE presentó su propuesta a la convocatoria emitida por la Caja de Salud Cordes Cochabamba, dentro del proceso de contratación: “Adquisición de Instrumental Médico Menor Odontológico” con CUCE 15-0046-28-589238-1-1 adjudicándose el mismo el 11 de septiembre de 2015; empero, dentro de otro proceso de contratación en Santa Cruz, fueron sujetos a una sanción.

Con ese antecedente, mediante nota de 17 de septiembre de 2015, presentaron a la Caja de Salud Cordes Cochabamba entre otros documentos el Certificado del RUPE, que evidencia que la empresa contaba con el impedimento de participar en procesos de contratación, lo cual imposibilitó que se continúe con el proceso de contratación; solicitando se considere dicho documento en base a los principios establecidos en el DS 0181.