SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2016-S3
Fecha: 09-Ago-2016
III.2. Análisis del caso concreto
La accionante alega la vulneración a sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica, alegando que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa en etapa preparatoria del juicio oral, planteó incidente de incompetencia, amparado en la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal; sin embargo, los Jueces demandados por Resolución 59/2016 declararon infundada la excepción de incompetencia de ese Tribunal, disponiendo que prosiga la tramitación de la causa, dejando en constancia que dicha determinación solo admite reserva de apelación conforme la “SC. 421/07”, imponiendo sanción económica a sus abogados; y en relación al Fiscal de Materia hoy codemandado, considera que no pudo emitir la acusación formal en su contra, en consecuencia debió remitir a la autoridad competente el proceso instaurado, considerando que corresponde su conocimiento a la vía civil.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.1. Supuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
- al debido proceso,
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR