Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
II.2.
II.2. El Sistema Integrado de Registro Judicial de Comisiones, señala el 22 de febrero de 2016, como fecha de recepción de la orden instruida -18 de enero de 2016-, asignando el mismo al Juez Público de Familia Primero del departamento de Santa Cruz (fs. 10) y por decreto de 23 de febrero de igual año, dicha autoridad refirió “Cúmplase lo ordenado por el Juez 5to de Partido de Familia de la ciudad de La Paz, a tal efecto remítase a donde corresponda, para su cumplimiento conforme a ley” (sic [fs. 11]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- y evitar esfuerzos físicos además de cualquier factor que eleve la presión arterial
- REVOCAR