SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2016-S1

Fecha: 25-Ago-2016

III.3. Tramitación de la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y los recaudos de ley

Al respecto, la SCP 0182/2015-S1 de 26 de febrero, recogió el siguiente entendimiento: “…la SCP 2356/2012 de 22 de noviembre, expresó: 'La teleología de la apelación incidental diseñada por el legislador contra Resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, es garantizar un procedimiento efectivo, rápido y oportuno para que la situación jurídica del imputado pueda ser revisada y valorada por un Tribunal colegiado de mayor jerarquía.