Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
Fragmento 10
El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la salud y a la libertad de locomoción, toda vez que habiendo solicitado a la Clínica María de los Ángeles S.R.L. su alta inmediata para ser trasladado a otro Centro Hospitalario por los costos excesivos, la misma no permitió su salida con el argumento que previamente se tiene que cancelar los gastos erogados por la atención médica, ante dicha negativa solicitó el cese de su restricción, la cual tampoco fue respondida, sin considerar que debe ser sometido con suma urgencia a una intervención quirúrgica ante la fractura que sufre y que tiene el riesgo de necrosarse provocando que quede paralítico.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 10
- mi alta inmediata
- no hay requerimiento expresado de alta médica
- Fragmento 13
- CONFIRMAR