SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

a)

Solicitan se “otorgue” la tutela y en consecuencia, se disponga: a) La nulidad de la Resolución 749/15 pronunciada por el Fiscal Departamental codemandado; b) Dejar sin efecto las citaciones efectuadas por la Comisión de Fiscales; y, c) Dejar sin efecto cualquier mandamiento u orden de aprehensión contra sus personas.

…para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” (las negrillas nos corresponden).