SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2016-S3

Fecha: 15-Ago-2016

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2016 de 20 de abril, cursante de fs. 193 a 197 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) No se evidencia que con la decisión de desvinculación laboral las autoridades ahora demandadas hubieren incurrido en actos u omisiones ilegales o indebidas, precisamente por las características y condiciones en las que asumió el cargo el hoy accionante de libre nombramiento; 2) “…el accionante no goza de la carrera administrativa (concurso de méritos y/o convocatorias públicas) al ser de libre nombramiento provisorio, no goza del derecho a la estabilidad y mucho menos es necesario establecer los motivos o razones por las cuales se prescinde de sus servicios…” (sic); y, 3) El Tribunal Constitucional Plurinacional estableció que en el caso de los funcionarios de libre nombramiento y remoción no es exigible el inicio de proceso previo o invocación de causal alguna para disponer su cesación.