Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 19 de abril de 2016, cursante de fs. 118 a 123, pronunciada por Juez Público Civil y Comercial y de Sentencia Penal Primero de Tarata del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en atención a los fundamentos expuestos ut supra.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. A través de la acción de amparo constitucional no es posible dilucidar hechos o derechos controvertidos
- través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos, sino únicamente protegerlos cuando se encuentran debidamente consolidados
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR