SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por memorando DCH-A/0302/14 de 26 de agosto de 2014, ingresó a trabajar en el cargo de Técnico Administrativo VI, como “Facilitadora” de Educación de la Sub Alcaldía Distrito 11, dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, posteriormente, fue designada como Encargada de Seguimiento de Carpetas, y el 2015, retomó sus funciones al primer cargo ejercido; hasta que el 19 de enero de 2016, fue notificada con el memorando DTH-RCTB/B/00104/16 de 15 del mismo mes y año, por el cual se le comunicó su despido, sustentado en los arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 de su Decreto Reglamentario.

Acudió a la Jefatura Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de El Alto, denunciando lo sucedido, instancia que emitió la Conminatoria de reincorporación JRTEA-BECS-C.R. 262016 de 4 de febrero de 2016, la cual fue notificada en la misma fecha; empero, no fue cumplida dentro del plazo previsto de acuerdo al informe VR-013/2016 de 17 de febrero, elaborado por el Inspector de Trabajo de la mencionada instancia.