Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2016-S3
Fecha: 24-Ago-2016
2° Se llama
2° Se llama severamente la atención a Rafael Alcón Aliaga, Juez Primero de Ejecución Penal del departamento de La Paz, por imprimir un procedimiento irregular en la presente acción de libertad, a cuyo efecto se le advierte que de repetirse el mismo proceder en las posteriores acciones tutelares que sean de su conocimiento, se dispondrán las medidas disciplinarias que correspondan con la remisión de antecedentes al Consejo de la Magistratura.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 8
- 1)
- III.3. De las actuaciones del Juez de garantías
- CONFIRMAR
- 2° Se llama