SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2016-S3

Fecha: 24-Ago-2016

readaptación social del condenado

Dicha normativa, incorpora un capítulo respecto al tratamiento penitenciario, señalando que “tendrá como finalidad la readaptación social del condenado, a través de un programa progresivo, individualizado y de grupo, cuyos componentes principales son la psicoterapia, educación, trabajo, actividades culturales, recreativas, deportivas y el fortalecimiento de las relaciones familiares. El tratamiento penitenciario, se realizará respetando la dignidad humana y atendiendo a las circunstancias personales del condenado”. Respecto a la participación de la persona que cumple una condena, el art. 180 de la LEPS, refiere que “se fomentará la participación del condenado en la planificación de su tratamiento”.