SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2016-S3
Fecha: 25-Ago-2016
Fragmento 12
Al respecto, de los antecedentes del proceso y los argumentos expuestos tanto por el accionante como por la autoridad demandada, se tiene que el 10 de mayo de 2016, el primero nombrado fue aprehendido y enviado a celdas de la policía judicial; una vez presentada la imputación formal por la Fiscal de Materia asignada a la Dirección Departamental de Tránsito (Conclusión II.1.), la Jueza hoy demandada, fijó audiencia de consideración de medidas cautelares para el 11 de mayo de 2016 (Conclusión II.2.), en la cual se le impuso: a) Detención domiciliaria; b) Presentación al sistema biométrico de la Fiscalía; c) Arraigo; y, d) Prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y de conducir en estado de ebriedad, otorgándole el plazo de noventa y seis horas para cumplir las mismas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- una detención preventiva
- dispuso la libertad del imputado
- el Juez recurrido debió dejar en libertad inmediata al recurrente luego de la audiencia de medidas cautelares y otorgarle un plazo razonable para el cumplimiento de las medidas impuestas y al no haber procedido así, manteniéndolo arbitrariamente privado de su libertad
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR