Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2016-S3
Fecha: 25-Ago-2016
II.2.
II.2. Mediante decreto de 10 de mayo de 2016, María Melina Lima Nina, Jueza Decimotercera de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Decimosegundo del departamento de La Paz -ahora demandada- señaló audiencia para consideración de medidas cautelares para el 11 de ese mes y año a horas 10:30 (fs. 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- una detención preventiva
- dispuso la libertad del imputado
- el Juez recurrido debió dejar en libertad inmediata al recurrente luego de la audiencia de medidas cautelares y otorgarle un plazo razonable para el cumplimiento de las medidas impuestas y al no haber procedido así, manteniéndolo arbitrariamente privado de su libertad
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR