SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2016-S3

Fecha: 31-Ago-2016

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 3 de mayo de 2016, cursante de fs. 61 a 63 vta., concedió la tutela solicita, bajo los siguientes fundamentos: a) La Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 197/2015 que dispone la reincorporación inmediata de la hoy accionante al mismo puesto que ocupaba al momento del accidente de trabajo y baja médica, más el pago de salario, indemnización por accidente de trabajo y demás derechos sociales que correspondan; fue notificada a la empresa demandada el 24 de noviembre de igual año; por lo que debió reincorporarse a la nombrada a su original fuente laboral  desde el acto de la notificación; y, b) Con relación al pago de beneficios sociales por un supuesto despido indirecto y la indemnización por la incapacidad sufrida, señalando que la accionante habría optado por la vía ordinaria laboral antes de acudir a la respectiva Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se evidencia que este es un hecho diferente al mencionado en la normativa, pues como se tiene en antecedentes la accionante planteó una demanda laboral reclamando el pago de sus beneficios sociales e indemnización por accidente laboral; así se tiene del decreto de admisión de la misma el 13 de abril del referido año, emitido por el Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero del mencionado departamento y no así por despido de su fuente de trabajo; razón por la cual, se reitera que cualquier otro aspecto debe ser dilucidado en la vía judicial sin que ello implique la suspensión del cumplimiento de la citada Conminatoria.