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    AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2016-CA

    Fecha: 19-Sep-2016

    I.2. Respuesta a la solicitud

    De la revisión de los antecedentes aparejados al expediente, consta que se corrió en traslado la acción de inconstitucionalidad concreta a Rosmery Gamboa Vargas, Profesional II Técnico en Transparencia de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni, mediante providencia de 10 de agosto de 2016, cursante a fs. 25, sin que la misma hubiera sido respondida.

    • Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • 'sin recurso ulteriorꞋ
    • I.2. Respuesta a la solicitud
    • rechazó
    • y todo género de resoluciones no judiciales”
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada; en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso
    • RATIFICAR

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