AUTO CONSTITUCIONAL 0266/2016-RCA
Fecha: 19-Sep-2016
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memorial presentado el 22 de agosto de 2016, cursante de fs. 137 a 145, la Sociedad accionante a través de su representante legal, manifestó que, en cumplimiento al mandamiento de allanamiento librado por la Jueza de Instrucción Penal Decimotercera del departamento de Santa Cruz, se allanó el inmueble ubicado en el Barrio Isla San Silvestre 77, Radial 26 altura del Quinto Anillo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, donde se comisó mercadería en cajas que contenían ciento setenta y siete cocinas, ciento sesenta y cinco juguetes, nueve unidades de juguetes y siete refrigeradores, elaborándose el Acta de Intervención COARSCZ-C-0331/2013 de 3 de abril, iniciando proceso administrativo contra la Sociedad “ROSVANIA S.R.L.” Importaciones y Representaciones y Fanny Elena Mayta de Arcani administrados, quienes durante la tramitación del proceso recurrieron a las instancias de alzada y jerárquico, concluyendo esta con la emisión de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT RJ-0009/2014 de 6 de enero, que dispuso anular todo lo obrado incluso hasta el acta de intervención.
En merito a ello se volvió a iniciar el proceso administrativo y la Administración de la Aduana Interior Santa Cruz, por Resolución Administrativa (RA) AN-SCRZI-SPCCR-RA-854/2014 de 22 de septiembre, declaró probada la comisión de contravención aduanera por contrabando y dispuso el comiso de toda mercadería incautada; por lo que, por segunda vez interpusieron el recurso de alzada y la ARIT Santa Cruz dictó la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0202/2015 de 2 de febrero, anulando la Resolución Administrativa Aduanera, debiendo emitirse una nueva; sin embargo, la Aduana Interior Santa Cruz interpuso recurso jerárquico, ante ello, la AGIT pronunció Resolución de Recurso Jerárquico RJ 0726/2015 de 27 de abril, anulando la Resolución de Alzada, disponiéndose se emita una nueva.
La ARIT Santa Cruz emitió nueva Resolución de Recuso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0559/2015 de 6 de julio, revocando en parte la Resolución Administrativa y ordenando la devolución en parte de la mercadería incautada; y manteniendo firme el comiso de una parte de los ítems, es así que la parte accionante y la Aduana Interior Santa Cruz, formularon recurso jerárquico respectivamente, emitiéndose en consecuencia la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1738/2015 de 5 de octubre, que resolvió revocar parcialmente lo dispuesto por la ARIT Santa Cruz, determinando la devolución de la mercadería comisada en parte dispuesta en la Resolución de Alzada y manteniendo firme el comiso definitivo del resto de la mercadería.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- la cual fue notificada
- CONFIRMAR