Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2016-RCA
Fecha: 26-Sep-2016
improcedente
Previamente se debe advertir que para interponer una acción de amparo constitucional y que la misma sea admisible, uno de los requisitos es que contra la resolución judicial o administrativa cuestionada, se haya hecho uso oportuno de los recursos legales ordinarios que tiendan a suprimirla o modificarla.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 7
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- improcedente
- autos definitivos pronunciados en procesos ordinarios
- CONFIRMAR