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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2016-RQ
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2016-RQ

    Fecha: 01-Sep-2016

    CONFIRMAR

    La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado; y, el art. 27.III del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR el AC 0008/2016-CA de 27 de enero; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso de queja interpuesta por Ernesto Vladimir Gutiérrez Ramírez, en representación de Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

    • I.1.
    • I.2.  Síntesis de la solicitud de parte
    • II.1. Naturaleza y objeto del recurso de queja
    • se deberá identificar con precisión los argumentos de la resolución demandada que impugna
    • solo le está permitido verificar si los argumentos que sustentan el rechazo de la Resolución se hallan dentro del marco legal establecido
    • resulta inadmisible que al momento de fundamentar el recurso de queja se expongan otros supuestos de hecho o fundamentos que no fueron planteados a tiempo de presentar la demanda propiamente dicha, con la finalidad de que éste sea admitido
    • solo corresponde en esta instancia impugnativa determinar si efectivamente la Comisión de Admisión incurrió en los errores expresados por el recurrente en su recurso de queja
    • II.2. Análisis del recurso de queja presentado
    • a)
    • CONFIRMAR

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