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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2016-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2016-O

    Fecha: 01-Sep-2016

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    • Marcelo Fernando Conchari Aliaga
    • I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • la resolución que defina una problemática en la vía constitucional, en atención al derecho de tutela judicial efectiva y al debido proceso que hace al proceso constitucional debe ser cumplida a cabalidad
    • la parte victoriosa puede denunciar el incumplimiento de una sentencia constitucional plurinacional mientras que la parte demandada puede denunciar su sobrecumplimiento
    • el Tribunal de garantías tiene el deber de asegurar que las decisiones del máximo intérprete de la Constitución Política del Estado sean cumplidas sin ninguna demora
    • en los procesos de acción de amparo constitucional, las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada, son de cumplimiento obligatorio para las partes procesales
    • solicitará informe y demás medidas o documentación pertinente a la autoridad o particular obligado a cumplir una decisión emergente del control tutelar de constitucionalidad
    • mediante auto expreso, rechazará la
    • Fragmento 20
    • III.2. Análisis de la denuncia con relación a los alcances de la resolución emitida por el Tribunal de garantías

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