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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2016-S2

    Fecha: 12-Sep-2016

    II.5.

    II.5.    A través de la nota OF.SV.ALD.SC 042/2015 de 29 de mayo, el precitado Asambleísta Departamental presentó el informe final de actividades de la accionante al Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz, solicitando regularización de la contratación de la misma y la cancelación por los tres meses trabajados como consultora en línea y profesional especializada (fs. 17).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • improcedencia”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • II.
    • art. 32 bis (RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DE LA ASAMBLEA).
    • mm)
    • j)   Contrato:
    • Modalidad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19

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