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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2016-S2

    Fecha: 12-Sep-2016

    Fragmento 14

    De lo anteriormente expuesto se concluye que, si se acusa un acto ilegal u omisión indebida cometida por un tribunal o cuerpo colegiado, no puede iniciarse la acción y hacerse responsable sólo al presidente o a los firmantes y excluir a los otros integrantes, sino que debe instaurarse contra todos, hayan o no firmado la resolución adoptada;

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • improcedente
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 11
    • III.2.
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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