SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que las autoridades demandadas, vulneraron su derecho al debido proceso y la tutela judicial efectiva, toda vez que, dentro del proceso penal seguido contra Antonio Camacho López por la presunta comisión del delito de lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, dispusieron la extinción de la acción penal en etapa preparatoria, en base a una errónea interpretación de los arts. 314 y 315 del CPP, toda vez que, refirieron que al momento de plantear la excepción no presentó la acusación particular; por otro lado, obviaron ponerle en conocimiento de la falta de presentación del requerimiento conclusivo por el Ministerio Público y la posibilidad de presentar acusación particular, conforme lo establecido en la SC 1173/2004-R.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 8
- plazo, este último, que no podrá ser alterado o incumplido por la autoridad jurisdiccional, el Ministerio Púbico y menos los sujetos procesales
- el Juez está obligado a declarar la extinción de la acción penal, independientemente de que exista o no solicitud de la parte imputada
- III.4. Extinción de la acción penal por duración máxima de la etapa preparatoria
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13