Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
II.5.
II.5. Memorando CMLP-U.R.H. 0134/2016 de 10 de marzo, por el que Amparo Machicado Fiorilo, Encargada de RR.HH. a.i. del Consejo de la Magistratura de La Paz, dispone la cesación por abandono de funciones, de Luís Fernando Fernández Espinal, por ausencia injustificada por más de tres días continuos o cinco discontinuos (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- 2)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. La abstracción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, cuando se demande protección de mujer embarazada, extensible al padre progenitor
- no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
- III.3. Los contratos a plazo fijo y su relación con la protección a la mujer en estado de embarazo
- La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra;
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo