SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

René Rino Salazar Ballesteros, presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana mediante su abogado, en audiencia, manifestó que actualmente es Sub Comandante General de la Policía Boliviana y anteriormente con el grado de Coronel, fungió como Presidente del referido Tribunal; empero, a la fecha no se encuentra en ese cargo, por lo que conforme la SCP 0134/2012 de 4 de mayo, establece que cuando el funcionario o autoridad que ocasionó la lesión del derecho del accionante ya no se encuentra en el cargo, debe dirigir la demanda contra la persona que actualmente lo ostenta, excepcionalmente, al no ser conocido por parte del accionante el cambio de autoridad no le es imputable ese hecho, por lo que al dirigir la acción de amparo constitucional únicamente contra la autoridad anterior, incumplió con uno de los requisitos exigidos para la activación de esta acción de defensa, teniendo legitimación pasiva, la autoridad que actualmente ostenta el cargo del cual devino el cuestionado acto ilegal u omisión indebida, por lo que solicita se declare la improcedencia de la acción de amparo constitucional en su favor.