SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0861/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0861/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

II.7.

II.7.  Mediante memorial presentado el 11 de enero de 2016, el ahora accionante puso en conocimiento del Director Técnico del SEDECA Tarija, que en cumplimiento al comunicado de 30 de diciembre de 2015, en la fecha se constituyó en su fuente laboral; sin embargo, el personal de portería no le permitió su ingreso menos el marcado biométrico, señalando que cuentan con listas del personal regular para poder ingresar y que su persona no está incluida en dicha lista por lo que solicitó se reconsideré su situación laboral, instruyendo a quien corresponda que se le permita el ingreso a su fuente de trabajo (fs. 101 a 103).