Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2016-S1
Fecha: 20-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa irrestricta y la presunción de inocencia debido a la privación de libertad mediante indebido procesamiento, porque el Fiscal de Materia no valoró los elementos de prueba adjuntos en el cuadernillo de investigaciones al momento de requerir la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, ocurriendo similar situación con el Juez codemandado quien ante el solo pedido de la autoridad fiscal y sin la correcta valoración de la prueba, dispuso su detención preventiva de forma ilegal e infundada, solicitando a través de este mecanismo de defensa que se restituya su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.3. Jurisprudencia reiterada sobre subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- La acción de libertad se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados;
- se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR