Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2016-S3
Fecha: 06-Sep-2016
II.1.
II.1. Cursa proforma de 11 de mayo de 2016, elaborada por la Clínica Buena Salud, respecto a los servicios médicos y hospitalarios prestados hasta el 9 de mayo a Tereza Uxquiano Antezana -ahora accionante-, monto que asciende a Bs15 417,50.- (quince mil cuatrocientos diecisiete 50/100 bolivianos [fs. 3]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica, ámbito de protección y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Retención de pacientes por falta de pago en recintos hospitalarios públicos o privados
- III.3. La salud como un derecho fundamental
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR