SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2016-S3
Fecha: 20-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que las autoridades demandadas a tiempo de dictar el Auto de 18 de octubre de 2008, el Auto de Vista de 13 de abril de 2010, como el AS 551/2015-L de 14 de julio, lesionaron sus derechos constitucionales al debido proceso en sus elementos motivación y congruencia, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, en la sustanciación del proceso de revocatoria a la fusión de los ex Bancos Santa Cruz S.A. y Mercantil S.A., declararon probada la excepción de incapacidad e impersonería, omitiendo efectuar una correcta valoración de la prueba, así como de haber incurrido en una indebida e incorrecta interpretación y aplicación del art. 336.2 del CPC, al subsumir la excepción de impersonería e incapacidad, bajo la figura de “legitimación”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR