SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2016-S3

Fecha: 23-Sep-2016

ante la declaratoria de rebeldía y su consiguiente mandamiento de aprehensión, el rebelde, antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión librado en su contra,

           La jurisprudencia constitucional precedente demuestra que dentro de un proceso penal, ante la declaratoria de rebeldía y su consiguiente mandamiento de aprehensión, el rebelde, antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión librado en su contra, puede justificar el impedimento para cumplir con el emplazamiento, y solicitar la revocatoria de la declaratoria de rebeldía, por cuanto es el medio idóneo, eficaz e inmediato a disposición del imputado o procesado para dejar sin efecto la resolución de rebeldía y consiguientemente el mandamiento de aprehensión, no pudiendo acudir directamente ante la jurisdicción constitucional (las negrillas nos pertenecen).

           En ese entendido, la solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía, constituye un recurso intraprocesal idóneo e inmediato para restablecer cualquier amenaza o lesión al derecho a la libertad ante la emisión de un mandamiento de aprehensión como efecto de la rebeldía declarada, y no activarlo corresponde un supuesto de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad.