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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2016-S3

    Fecha: 28-Sep-2016

    II.1.

    II.1. Mediante Auto interlocutorio de 16 de enero de 2015, Jaime René Conde Andrade, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -ahora codemandado- declaró probadas las excepciones de extinción de la acción penal por prescripción y duración máxima del proceso a favor de Digna Reyna Romero Cruz y Mario Corrales Soto -hoy terceros interesados- (fs. 1 a 12).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • Fragmento 7
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos
    • Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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