Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2016-S3
Fecha: 30-Sep-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Los accionantes a través de su representante señalan como lesionados sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso, a la comunicación efectiva de los actos procesales y a la dignidad, citando al efecto los arts. 109.I, 115.II, 116.I, 119.I y II; y, 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- No comparezca sin causa justificada a una citación
- Si justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza
- Fragmento 11
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente
- III.3.1. Respecto a la Jueza demandada
- Fragmento 14
- III.3.2. Respecto a la Abogada del SEPDEP
- CONFIRMAR