AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2017-RCA
Fecha: 04-Ene-2017
II.2. Análisis del caso concreto
El Juez de garantías rechazó “in limine” esta acción de amparo constitucional, fundamentando que en la Conminatoria 05/2016 de 1 de junio, existen hechos contradictorios y que no tiene relación con los hechos denunciados por la ahora accionante, resultando inejecutable, debiendo subsanarse en la vía administrativa previamente a que la justicia constitucional disponga su ejecución.
De la revisión y análisis de la acción de defensa interpuesta, se puede establecer que el cuestionamiento de la parte hoy accionante trasunta en el aducido retiro injustificado de su fuente laboral, sin la existencia de previo aviso, desconociéndose el fuero sindical que le asiste, lo que deviene en el incumplimiento de la Conminatoria 05/2016, siendo la pretensión constitucional su reincorporación inmediata en los términos establecidos en la referida Resolución.
En tal sentido, el fundamento expresado por el Juez de garantías, de la existencia de hechos contradictorios en la Conminatoria emitida por la dependencia administrativa laboral con relación a los aspectos denunciados, resulta ser un sustento argumentativo que hace al fondo de la problemática planteada, al ser aquellos inherentes al contenido de dicha Resolución -cuyo cumplimiento se exige vía constitucional-; razonamiento que no corresponde en esta etapa procesal, la cual se circunscribe a la verificación de la concurrencia o no de causales de improcedencia como del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
Consiguientemente, queda desvirtuada la Resolución elevada en revisión, y habiéndose cumplido con los principios de subsidiariedad ante la inexistencia de recurso ulterior; de inmediatez al haber sido presentada la actual acción tutelar dentro de los seis meses de notificada la Conminatoria, y no concurrir ninguna otra causal de improcedencia, se pasa a considerar el cumplimiento de los requisitos de admisión por parte de la accionante.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- mi empleador y en la presente gestión habría optado por retirarme de mi fuente laboral y privarme de los ingresos que necesito para sobrevivir día a día
- I.2.
- rechazó “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis del caso concreto
- II.3.