AUTO CONSTITUCIONAL 0020/2017-RCA
Fecha: 17-Ene-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo el restablecimiento de todos sus derechos fundamentales vulnerados por las autoridades recurridas y en consecuencia: a) Se deje sin efecto la Resolución del Honorable Consejo Universitario 321/2011 de 27 de julio, consecuentemente la nulidad de obrados hasta el mencionado fallo, dejando firme y subsistente la Resolución del Honorable Consejo Universitario 634/07 de 7 de noviembre de 2007, que dispuso el archivo de obrados y la prescripción de la contravención al art. 16 inc. c) y g) del anterior Reglamento de Procesos Universitarios; y, b) La restitución inmediata a su fuente laboral como catedrático de la Facultad de Odontología de la UMSA más la cancelación de sus salarios de manera retroactiva.
- acción de amparo constitucional
- I
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedencia
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el nombre y domicilio de la persona o autoridad contra quien se dirige la acción y los datos básicos para proceder a su identificación y donde puede ser notificada
- Mediante la Resolución Rectoral Nº 697/16 de 5 de agosto de 2016 se declara ejecutoriada la Resolución Nº 04/2016 de fecha 13 de julio de 2.016 emitida por la Sala de Apelaciones de la Comisión Universitaria de Procesos
- II.4.
- Fragmento 12