AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2017-RCA

Fecha: 31-Ene-2017

a)

La Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimocuarta del departamento de La Paz, por decreto de 15 de diciembre de 2016, cursante a fs. 53 y vta., constituida en Jueza de garantías, dispuso que en el plazo de tres días se subsane los siguientes aspectos, bajo alternativa de tenerse por no presentada la acción: a) Señale expresamente cuál es la norma incumplida, en la cual haya incurrido la autoridad demandada; b) De acuerdo al principio de subsidiariedad, demuestre que se agotaron todas las instancias, así como que se encuentra dentro del plazo de los seis meses, debiendo adjuntar la nota de reclamación o queja ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; y, c) Adjunte toda la prueba que tenga en su poder a objeto de demostrar la veracidad de lo manifestado en su acción de defensa, indique a los terceros interesados y señale una dirección o correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.