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    AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2017-RCA

    Fecha: 31-Ene-2017

    acción de cumplimiento

    Lo señalado no significa que la acción de cumplimiento, de manera directa o indirecta, no tutele derechos y garantías; sino que su objetivo es garantizar el cumplimiento de deberes previstos en la Constitución y las leyes, sin perjuicio que la omisión del deber -constitucional o legal- se encuentre indisolublemente ligada al ejercicio -y por ende lesión- de derechos (las negrillas son nuestras).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • hace referencia a un deber específico
    • a) Normas constitucionales, las cuales, como se ha visto, tienen un valor normativo inmediato y directo y a cuya observancia están obligados los servidores públicos y los particulares (arts. 9.4, 108.1), 2) y 3) y 410 de la CPE)
    • acción de cumplimiento
    • no presentada
    • CONFIRMAR

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