Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2017-RCA
Fecha: 31-Ene-2017
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que, la Jueza de garantías inicialmente solicitó que subsanara tres puntos específicos los cuales fueron cumplidos; sin embargo, en la Resolución 12/2016 en su parte motivadora o esencial señala otros puntos, no habiendo revisado el contenido en relación a los hechos, los medios de prueba aportados y las normas conculcadas, los que fueron expuestos en el contenido de la acción de cumplimiento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- hace referencia a un deber específico
- a) Normas constitucionales, las cuales, como se ha visto, tienen un valor normativo inmediato y directo y a cuya observancia están obligados los servidores públicos y los particulares (arts. 9.4, 108.1), 2) y 3) y 410 de la CPE)
- acción de cumplimiento
- no presentada
- CONFIRMAR