Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2017-RCA
Fecha: 31-Ene-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 1/2017 de 5 de enero, cursante de fs. 53 a 54 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ramiro Félix Villavicencio Niño de Guzmán, Gerente General de la Empresa Metalurgia Vinto contra Pastor Segundo Mamani Villca, Jorge Isaac von Borries Méndez, Rómulo Calle Mamani, Antonio Guido Campero Segovia, Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Rita Susana Nava Durán, Norka Natalia Mercado Guzmán, Maritza Suntura Juaniquina y Fidel Marcos Tordoya Rivas, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia “in limmine”
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- improcedencia “in limine”
- II.4.
- Fragmento 11