AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2017-RCA

Fecha: 31-Ene-2017

I.

El accionante refirió que, la Resolución emitida por la Jueza de garantías no es correcta debido a la parte final que expresa el art. 55.1 del CPCo, establece que: “…o conocido el hecho”. Por ello, el plazo comienza a computarse a partir de la notificación de 29 de junio de 2016, con la Sentencia 99/2016; denotándose que, la misma se encontraría dentro de término. Pidiendo que el Tribunal Constitucional Plurinacional en revisión disponga su admisión.