Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017
Fecha: 11-Ene-2017
II.1.
II.1. Por Resolución Administrativa RADT-ST N° 649/2007 de 3 de diciembre, Juan Carlos Rojas Calizaya, Director Nacional a.i. del INRA, resolvió dotar en favor de la “COMUNIDAD CAMPESINA CHORETY” del Municipio de Camiri la superficie de 76.1943 Ha., clasificada como propiedad comunaria con códigos catastrales 07070602552039 y 07070602552362 en mérito a haber acreditado la legalidad de su posesión (fs. 15 a 16).
- a)
- 1)
- I.3. Admisión
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la delimitación de la competencia por razón de materia en acciones reales, personales y mixtas sobre bienes inmuebles en el área urbana o en el área rural
- la autoridad judicial frente a semejante disyuntiva, a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, en cuyo caso la competencia será de los jueces y tribunales agrarios,
- III.2.
- COMPETENTE