Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2017-RCA
Fecha: 05-Oct-2017
CONFIRMA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 454/2017 de 12 de septiembre, cursante de fs. 45 a 46, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimosexta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 1)
- CONFIRMA