AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2017-RCA

Fecha: 05-Oct-2017

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 1 y 11 de septiembre de 2017, cursantes de fs. 27 a 30 vta. y 40 a 44 vta.; el accionante manifiesta, que mediante Auto Final de Sumario Informativo Militar de 18 de mayo de 2015, se estableció que su persona y otro, pasen a la justicia ordinaria con el fin de determinar la supuesta comisión del delito de robo de un monitor de computadora de la estación de servicio “San Pedro”; por lo que, dentro del proceso penal el entonces Juez Cuarto de Instrucción Penal del departamento de Oruro, emitió la Resolución 1141/2015 de 2 de diciembre, disponiendo la salida alternativa de suspensión condicional del proceso, decisión con la cual concluyó el proceso sin sentencia condenatoria; sin embargo, de forma paralela el Tribunal de Personal del Ejército, emitió la Resolución “195/2015 de 23 de junio”, disponiendo su retiro obligatorio en aplicación del art. 89 inc. e) por presuntamente haber atentado contra la dignidad y el honor de la Institución; en consecuencia, interpuso recurso de reconsideración, que mediante Resolución “267/2015” fue declarado improcedente, frente a ello interpuso el recurso de apelación, el cual fue rechazado por Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado 051/16 de 22 de agosto de 2016; finalmente, presentó recurso de aclaración, complementación y enmienda, el mismo que fue rechazado mediante Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado 116/16 de 30 de noviembre de 2016, confirmando y aprobando en toda forma lo dispuesto por las Resoluciones “195/2015”, “267/2015” y 051/16 de 22 de agosto de 2016.

En ese contexto, argumenta que las autoridades demandadas al emitir la Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado 116/16 vulneraron los derechos que alega en la presente acción tutelar; toda vez que, la Resolución “195/2015” dispuso su retiro obligatorio siendo que por el hecho mencionado se instauró Sumario Informativo Militar por mandato del art. 81 y ss. del Código de Procedimiento Penal Militar, emitiéndose el Auto Final de 18 de mayo de 2015, disponiendo que pase a la justicia ordinaria; sin embargo, las citadas autoridades pretenden sancionar nuevamente a su persona por el mismo hecho delictivo, asumiendo que fue culpable del mismo, sin que exista ninguna Sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada en su contra sino más bien el Juez de la causa, mediante Resolución 1141/2015 dispuso la suspensión condicional del proceso.