Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2017-RCA
Fecha: 05-Oct-2017
Fragmento 1
En revisión la Resolución 454/2017 de 12 de septiembre, cursante de fs. 45 a 46, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marco Antonio Flores Fernández contra Luis Orlando Ariñez Bazan, Yamil Borda Sosa, Gustavo Arce San Martín, Melvin Arteaga Aguada, Javier Collazos Churruarrín, Erwin Bonilla Castellón, Iván Pérez Rojas, Carlos Erix Ruck Arzabe y Wilson Colodro Arroyo, miembros del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 1)
- CONFIRMA