AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2017-RCA

Fecha: 19-Oct-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) La nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta que el SENASAG practique la notificación a la empresa “DORI´S S.R.L.”, con las Actas de inspección de mercadería y de retención 37002 de 4 de enero de 2017, saneándose de esta manera los actos administrativos; b) Declarar la nulidad de la “…Resolución Administrativa de Declaratoria de Abandono AN-GROGR-TAMOF-RADA 0002/2017 de 21 de febrero …Tambo Quemado…” (sic), emitido por la Administradora de la Aduana Frontera Tambo Quemado que declaro el abandono tácito de hecho de la mercadería consignada en el parte de recepción 422-2016 695643-ELA-BXSY9NA de 22 de diciembre de 2016, de propiedad de la empresa accionante; c) Que la Directora Distrital del SENASAG realice inspección inmediata de la mercancía en la Localidad de Tambo Quemado en base a permiso de inocuidad 174761, y liberación emitida por la Dirección Nacional del SENASAG para pagar los derechos y aranceles de importación a favor del Estado Plurinacional de Bolivia; d) Que todos los pagos por multas y otros que realizo la empresa accionante para el saneamiento del trámite administrativo de re etiquetado de la mercadería queden a favor del Estado; y, e) Se remitan antecedentes al Ministerio Público, para el procesamiento de los funcionarios públicos responsables por incumplimiento de sus deberes.