Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2017-RCA
Fecha: 18-Oct-2017
Fragmento 1
En revisión el Resolución 6/2017 de 27 de septiembre, cursante de fs. 462 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Epifania Donata Terrazas Mostacedo contra Norka Natalia Mercado Guzman y Maritza Suntura Juaniquina, Magistradas de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- a)
- no haber lugar
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión