AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2017-RCA

Fecha: 18-Oct-2017

no haber lugar

El citado Tribunal de garantías, Por Resolución 6/2017 de 27 de septiembre, cursante a fs. 462 y vta., declaró “no haber lugar a admitir” la acción tutelar, fundamentando que conforme lo previsto por los arts. 36.8 y 40 del Código Procesal Constitucional (CPCo), la resolución emitida en acciones tutelares debe ser ejecutada inmediatamente; razón por la cual, no pueden ingresar a admitir y menos analizar la presente acción tutelar, después de haber quedado sin efecto el Auto Supremo (AS) 031/2017-RA de 20 de enero -que es objeto también de la presente acción de defensa-, conllevando a entender jurídicamente que el mismo quedó sin validez jurídica alguna.