Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2017-RCA
Fecha: 20-Oct-2017
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Los accionantes, a través de su representante legal estiman lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la seguridad jurídica, a la legalidad, al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, a la valoración racional de medios probatorios, a la congruencia, debida fundamentación, a la defensa, a la propiedad y al trabajo, citando al efecto los arts. 13, 14.II, III y IV, 56.I, 115.II, y 118, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos
- II.4. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- cuanto sea legal y necesario para el cumplimiento del presente mandado
- 2° Mantener