AUTO CONSTITUCIONAL 0392/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0392/2017-RCA

Fecha: 25-Oct-2017

1)

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, mediante decreto de 22 de septiembre de 2017, cursante a fs. 147 vta., determinó que previamente a la admisión de la acción de amparo constitucional la parte accionante subsane los siguientes aspectos: 1) Señalar con precisión la fecha de notificación con el Auto Interlocutorio Definitivo S2ª 099/2016 cuestionado, con el fin de determinar el cumplimiento del principio de inmediatez; toda vez que, en los antecedentes del proceso figura como fecha de notificación el 12 de enero de 2017, con la referida Resolución y no así la que se menciona en el memorial de interposición de la acción tutelar, que es 20 de marzo de 2017; y, 2) Fundamentar cómo la Resolución impugnada vulnera sus derechos o garantías constitucionales, estableciendo y precisando la vinculación directa entre la resolución mencionada y los derechos que alega como infringidos, especificando de forma precisa en qué consisten dichas vulneraciones.