AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017-O

Fecha: 05-Oct-2017

II.3.

II.3.    A través de memorial presentado el 26 de agosto de 2016, Javier Fernando Camacho Pinto en representación legal de Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros, formuló denuncia de queja por incumplimiento de la                          SCP 1104/2015-S2 de 3 de noviembre, con el fundamento de que el Auto de Vista 214/2016 de 9 de junio; emitida por los Vocales demandados carece de la debido motivación y fundamentación e inobserva la ratio decidendi de la SCP 1104/2015-S2 (fs. 97 a 107), escrito que fue puesto a conocimiento de las autoridades demandadas mediante decreto de 29 del mismo mes y año, para que presenten el informe correspondiente (fs. 106), quienes respondieron el 9 de septiembre del citado año, refiriendo que la resolución ahora impugnada se encuentra debida fundamentada y responde a todos los puntos cuestionados (114 a 117 vta.).