AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2017-O

Fecha: 24-Oct-2017

II. 4

II. 4 La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante decreto de 20 de junio de 2017, dispuso devolver los antecedentes de la denuncia o queja por incumplimiento, al Tribunal de garantías, señalando que dicho Tribunal, debe observar el procedimiento establecido por el AC 0015/2013-O de 20 de noviembre.

Juan Pablo Zabala Torrez, formula queja y denuncia por incumplimiento de la SCP 1379/2015-S2, al considerar que no obstante de estar dirigida la accion de amparo constitucional en contra de Thelien Argeo Corona Cortez, las autoridades constituidas en Tribunal de garantías, pretenden obligar que la Sentencia sea cumplida por el nuevo Rector, sin que tenga la calidad de parte dentro de la accion de defensa; asimismo, las providencias y autos pronunciadas en ejecución de sentencia, fueron firmadas por un solo Vocal, dejando de lado el carácter de tribunal colegiado; y, finalmente, existe error en el cómputo de los días a efectos de la imposición de multas, ya que no se hizo una discriminación entre días hábiles e inhábiles.